lunes, 30 de septiembre de 2013

ELEMENTOS ESENCIALES CONTRATO DE DONACION

ELEMENTOS ESENCIALES
Los elementos esenciales  son el consentimiento y el objeto; la falta de cualquiera de ellos origina la inexistencia del contrato, con todas sus consecuencias, como no producir ningún efecto, ser imprescriptible, es inconfirmable y tal inexistencia puede ser invocada por cualquier interesado (art. 2098 del CCBC)

Consentimiento
El consentimiento en este contrato se presenta cuando el donante manifiesta su voluntad con la intención de transmitir gratuitamente el dominio de una parte de sus bienes presentes, y por otra parte el donatario está el donatario está conforme con dicha transmisión, y debe hacer la aceptación en la misma forma en que las donaciones deben hacerse, y hacer saber su aceptación al donante en vida de éste. Como ya se apuntó, en la donación el legislador acepta el sistema de la información, es decir, se necesita que el donatario le notifique al donante su aceptación para que se perfeccione el contrato (arts. 2212, 2214 y 2220  del CCBC.) si el momento de la aceptación es posterior a la muerte del donante, la donación no existe y los herederos de éste no están obligados a sostener la oferta; esta situación constituye una excepción a la regla establecida en el artículo 1809 del Código Civil.

Objeto
El objeto está representado por una parte de la totalidad de los bienes presentes del donante. Ya fue aclarado por qué no puede ser la totalidad, y por qué no se pueden donar bienes futuros (véase arts.2206, 2207, 2221 y 2222 del CCBC). Las cosas donadas deben existir en la naturaleza, ser determinadas o determinables en cuanto a su especie y estar en el comercio (art. 1712 del CCBC).


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