lunes, 23 de septiembre de 2013

GUIA DE AXIOLOGÍA JURÍDICA







PRIMER PARCIAL






TEORIAS DE LA JUSTICIA





1.- ¿Qué ideas acerca de la justicia tenían los filósofos griegos presocráticos?


En el periodo cosmológico griego aparecen no solo filósofos si no también si no poetas preocupados por la justicia. En esa época la reflexión filosófica gira en torno a la idea del movimiento, de cambio, así como la conexión entre la esfera de las relaciones humanas y la naturaleza de la realidad. En Grecia las primeras ideas de justicia entienden a esta como represión que proviene desde lo divino contra todo lo que altere dichas relaciones. Homero concibe la justicia como un decreto sagrado, la ley Themis, es el primer sentido en el que la entienden los griegos, es el decreto de carácter sagrado que los dioses revelan a los reyes a través de sueños y oráculos. La ley se trasmite de generación en generación, es patrimonio de los aristócratas, a cuya custodia queda. 


Hesiodo transforma a Themis en Dike , la justicia como sanción divina es ahora producto de una formulación racional, la justicia es sobre todo igualdad. Esta será la idea sobre la que se asentara la democracia griega. La justicia pasa de ser una mandato divino a se la fuerza racionalizadora y ordenadora de la realidad. En los presocráticos la idea de justicia se vincula con el universo (Kosmos).


Anaximiandro habla de una justicia cósmica, el retorno de las cosas a su primer principio, a la ley que rige el universo, dice literalmente un fragmento que conserva “de donde proviene el nacimiento de las cosas, de ahí proviene también su corrupción por necesidad, deben pagar, en retorno, la reparación y la pena de su injusticia, según el orden del tiempo”.


Pitágoras la justicia es la igualdad matemática representada por los números. Se entiende así que la justicia sea vista como igualdad matemática perfecta que resulta de la relación aritmética entre términos extremos, verbigracia, entre la culpa y la sanción. 


Parmenides concibe a la justicia como el principio estático que asegura la inmutabilidad del ser, mismo que se personifica en Themis y Dike, Heraclito, la justicia es el lagos, una ley universal eterna de donde la razón humana extraerá normas de comportamiento, para Heraclito nada permanece fijo ni estable.


En todos los filósofos presocráticos predominan dos ideas: la vinculación del orden divino con la justicia y un naturalismo del que se deriva una ley eterna a las que deben someterse la conducta humanas.






2.- ¿Qué ideas acerca de la justicia sostuvo Sócrates?


Justicia y obediencia al derecho.


Su concepto esta vinculado con la obediencia a la ley: la justicia –señalo- es obrar conforme a la ley, así no obstante la ley nos parece injusta debemos obedecerla “preferible es padecer una injusticia que cometerla”, la aportación de Sócrates esta vinculado con la obediencia al derecho que surge de la reciprocidad que debemos a la ciudad y sus leyes, las cuales nos aportan protección, y si las leyes llegaran a ser injustas aun así debemos obedecerlas ya que no debemos contestar una injusticia con otra injusticia.














3.- ¿Qué ideas acerca de la justicia sostuvo platón?


La justicia como equilibrio.


Para Platón la justicia es una virtud que puede referirse tanto al individuo como al estado, en relación con este ultimo la justicia consiste en la armonía o equilibrio que debe existir entre los diversos estamentos, grupos o clase que lo componen. En relación con el individuo, la justicia viene a ser la relación armónica entre sus diferentes virtudes. Según la teoría platónica en el estado conviven tres estamentos a saber: los sabios, a quienes le toca la función de gobernar; los guerreros o guardianes, ocupados de proteger a la ciudad de sus enemigos exteriores e interiores: y los trabajadores o artesanos, a cuya responsabilidad quedan encomendadas las labores de sostenimiento de la ciudad. Piensa que cada instrumento es una virtud: los sabios deben ser prudentes, los guerreros valientes y los trabajadores regirse en la templanza. La justicia es una relación armónica basada en la prudencia, el valor y la templanza.






4.- ¿Qué ideas acerca de la justicia sostuvo Ulpiano?


Entiende a la justicia como la voluntad constante y perpetua de dar a cada quien su derecho. Esta idea de justicia esta ligada con esta ligada de manera estrecha con los “tria iuris” que delinean al hombre justo: vivir honestamente, no hacer daño a nadie y dar a cada quien lo suyo.






5.- ¿Qué ideas acerca de la justicia sostuvo Cicerón?


Para cicerón es completamente erróneo considerar como justo aquello que se ha plasmado en las costumbres o en las leyes de los pueblos, la justicia no es algo que pueda determinarse por el consenso o la mera voluntad de los ciudadanos. Para cicerón el verdadero derecho y, por tanto, la justicia no se fundan en las leyes positivas sino en la ley natural que es suprema, igual que en todos los tiempos, anterior a cualquier ley escrita y al estado, sin esta seria imposible distinguir entre una ley buena y una mala. La justicia es la reina y señora de todas las virtudes, su objeto es que ninguno haga daño a nadie y que use las cosas comunes como tales y las propias como impropias. La vida humana debe regirse por la razón que es lo mas divino que hay en el hombre y nos hace compartir con los otros una igual naturaleza, la humana, que es la razón, la recta razón que es la ley universal. 






6.-¿Qué ideas acerca de la justicia sostuvo san Agustín?


El estado y la guerra justas.


Distingue la ley eterna, inmutable y universal, como razón o voluntad de dios, de la ley natural, como medio de conocer esa razón o voluntad divina, y de la ley humana, como derivación de la ley eterna a través de la natural. Resulta obvio que cuando la ley humana se aparta de la divina deja de ser ley, por que esta debe mostrar a todos lo que es justo, asegurando la paz y orden de la sociedad. La justicia es lo que distingue al estado. Para san Agustín la guerra es justa si constituye el único medio para hacer frente a la injusticia que priva en los pueblos.






















7.- ¿Que ideas acerca de la justicia sostuvo Santo Tomas de Aquino?
Justicia y bien común.


La ley es el principio regulador de las acciones humanas en vista de un bien común, en el cual va implícito el bien individual. La ley pertenece al orden de la razón por que esta es la regla, la medida y el primer principio de los actos humanos, Donde la ley, dirá Santo Tomas, no es otra cosa que una prescripción de la razón, en vista de un bien común, promulgada por aquel que tiene a su cargo la comunidad. 






8.- ¿Qué ideas acerca de la justicia sostuvieron los iusnaturalistas racionalistas (Spinoza, Locke, Hoobes, Tomasio, Puffendorf?


Hobbes: el derecho natural era el derecho del hombre en el estado de naturaleza, mismo que la autorizaba a luchar por su propia existencia y al cual tiene que renunciar para constituir un estado donde rija la paz, gracias a la “ley natural” según Hobbes es hasta donde surge el estado que puede hablarse de justicia, por que donde no hay ley no hay injusticia y no hay ley donde no exista voluntad superior que la imponga. No concibe a la injusticia si no hasta que surge el estado, antes solo hay un derecho natural que es el del hombre en estado de naturaleza. La justicia requiere un soberano como una voluntad superior que la imponga.


Spinoza: No comparte la visión de Hobbes, y considera que la razón es ese toque de divinidad que nos permite ir mas allá del mero instinto e impone limites concretos al poder. Acepta la idea del estado de naturaleza, donde los hombres tienen un derecho que llega hasta donde llega su propia fuerza. No es sino gracias a la razón humana que es posible acordar la instauración de un poder superior que subordine a todos, por que es solo el auspicio de ese poder superior que puede concebirse la justicia. Este poder no puede exigir a los hombres la renuncia a su racionalidad, ni tampoco a ciertos derechos individuales como la libertad de pensamiento y de creencia.


Locke: Ve el estado de naturaleza de cooperación en el que los hombres tienen derechos naturales, pero no la garantía que los asegure. Esta surge con la sociedad civil en cuya constitución los hombres renuncian a algunos derechos a cambio de protección. Tomando en cuenta que no se pueden ceder derechos subjetivos como la vida, la libertad o propiedad.


Puffendorf: Concibe al estado como una persona moral independiente de aquellos que lo conforman, cuyo fin es procurar la seguridad y la paz común. Además reconoce en los seres humanos un instinto social, diferencia ya entre los derechos del hombre que son innatos de aquellos que son adquiridos, o sea, los que poseen las personas como miembros del grupo social. 


Tomasio: menciona tres principios supremos para obrar, primero la Honestidad: que es la base de la ética o moral y cuyo objetivo es la paz interna del individuo. Decoroso: que es el principio de la política de la que se desprende el respeto a nuestros semejantes, hacer a los demás lo que quisiéramos que los demás hagan con nosotros. Finalmente, esta lo Justo: que es el principio central de derecho. Que se ocupa de la acciones humanas que perturban la paz exterior, su exigencia es la de no hacer al otro lo que no se quiere para si.






9.- ¿ Que ideas acerca de la justicia sostuvieron los clásicos españoles del derecho natural?


Sus pensadores eran universitarios que cultivaron sus pensamientos en manuales para la enseñanza de la teología y la filosofía, caracterizándose por poseer un sentido ascético del hombre y de su dignidad; preocupación acendrada por los valores humanos; concepción universal del derecho; preocupación critica por los acontecimientos políticos de su tiempo, como la conquista de América, analizada desde los principios de la moral cristiana y el iusnaturalismo. Entre sus autores se destacan:


Francisco de Vitoria: Ve el derecho natural fuente y guía de la justicia de las leyes positivas.


Domingo de Soto: Define la justicia siguiendo a Ulpiano, como el habito en que con voluntad perpetua y firme se da a cada uno lo suyo. Para Soto la justicia es una virtud moral especial que tiene una dimensión social pues se ocupa de los actos exteriores y de las cosas.


Francisco Suárez: Concibe la justicia desde una óptica metafísica y teológica, por eso la define como una constante afirmación de la superioridad del espíritu sobre la materia. El orden jurídico para ser justo debe mantenerse dentro del orden moral.






10.-¿Qué ideas acerca de la justicia sostuvo Rousseau?


El contrato social.


Contrato social: pretende ser una propuesta de cómo deben ser las relaciones humanas en sociedad, Rosseau dice: deben estar basadas en leyes justas y la voluntad unánime de los ciudadanos. Es decir, la unión de todos en la ley que es producto de una voluntad general preocupada por el interés común. De ese modo, el hombre no obedecerá mas que sus propios mandatos permaneciendo tan libre como antes: la libertad sujeta a las leyes. La ley aparece ya emancipada producto exclusivo del pacto social, de la convención, de la voluntad ciudadana. Así el hombre permanece libre obedeciendo su propia libertad, se trata de libertad sujeta a las leyes.






11.- ¿Qué ideas acerca de la justicia sostuvieron Bentham y J.S. Mill?


La utilidad como justicia.


Bentham: cree que a la humanidad la mueven el dolor y el placer, determinando lo que debe hacerse y lo que aremos. La razón es solo una orientación, el derecho como la rama mas importante de una “lógica de voluntad” debe buscar la identificación de intereses para lograr una cooperación efectiva, solo de ese modo será posible la felicidad del mayor numero. 


Mill: Piensa que sin la promoción de la satisfacción ajena la propia es imposible, en esta promoción el bien ajeno se basa la “moralidad”. Mas que nada Mill fue un teórico de la libertad individual y la tolerancia. Este autor considera que el único limite de la propia libertad esta en no hacer daño a los otros. Nada autoriza, ni la promoción del bienestar individual siquiera, la intromisión de la sociedad en la libertad de cada uno.






12.-¿Qué ideas acerca de la justicia sostuvo Immanuel Kant?


Libertad, moral y justicia.





Desarrolla la moral como algo absoluto e incondicionado de que esta por encima de las conveniencias de momento. A diferencia de la utilidad, la moral haya su fin en la rectitud. Kant elabora un imperativo categórico que es la base se su moral; actúa de modo que máxima de tu voluntad puede valer como principio universal. Este imperativo lo desarrollo Kant con una formula que funciona como base de muchos derechos humanos fundamentales: los seres humanos deben ser tratados siempre como fines en si mismo, nunca como medios. Para Kant la justicia es libertad, una libertad que debe coexistir con la de los demás en términos de una ley universal. La libertad es la esencia de la dignidad humana

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