lunes, 23 de septiembre de 2013

GUIA DE SEGUNDO PARCIAL DERECHO ROMANO II



1. ¿Cómo se realizaba el contrato litteris?


Se realizaba con la ayuda de menciones especiales, escritas por el acreedor en un registro doméstico, el codex, y llamadas nomina transcriptitia. (338) Se le considera Institución de derecho civil y los peregrinos no pueden utilizarla salvo la pregunta 4.


2. ¿Qué es la nomina transcriptitia?


Está ligado a la existencia del Codex, bastaba para crear la obligación que el acreedor suscribiera en su codex el nombre del deudor que se consentía en ello, con la mención de que la cantidad debida había sido pesada y entregada, expensa lata. La escritura se convirtió en este contrato en la causa de la obligación civil, como las palabras en la estipulación. (339) 


3. ¿Cuándo se dice que hay transcriptio a re in personam?


Cuando las partes se sirven del contrato litteris para transformar una obligación literal en una obligación de otra naturaleza. Por la inscripción en el codex del acreedor, el deudor liberado de la obligación antigua, se encuentra obligado litteris. (340-a)


4. ¿Cuándo se dice que hay transcriptio a persona in personam?


Cuando se sirven del contrato litteris para cambiar la persona del deudor. A designa a B como consintiéndole que se obligue en su lugar. B inscribe en su registro como prestada a C la cantidad que le debía A.


5. ¿Cómo se perfeccionan los contratos Re?


Los contratos re o reales se perfeccionan cuando el acuerdo de las partes va seguido de la tradición de ciertas cosas, entregadas por el que se hace acreedor al que se obliga. Ofrecen este carácter común de procurar durante cierto tiempo al deudor, según la naturaleza del contrato, la propiedad, el uso o al menos la detentación de las cosas que le son entregadas, y obligarle a restituir lo que ha recibido o el equivalente. (345)


6. Hay 4 clases de Contratos Re, ¿Cuáles son?


El mutuum o préstamo de consumo, el comodato o préstamo de uso, el depósito y el pignus o contrato de prenda. (345)


7. Define el contrato de Mutuum.


Es un contrato re de consumo de derecho de gentes, por el cual una parte transfiere (mutuante) a otra (mutuatario) la propiedad de cierta cantidad de cosas que se aprecian al peso, al número o a la medida, con obligación de restituir al cabo de cierto tiempo la misma cantidad de cosas de la misma especie y calidad. (346)


8 ¿Será necesario que el mutuante sea propietario de la cosa que presta?


Sí, ya que no puede realizarse el mutuum si el prestamista no es propietario de la cosa prestada y si es capaz de enajenar. (347)


9. ¿Cuál es el objeto del mutuum?


Prestar cosas de consumo que por su naturaleza, no tienen valor individual, sino que son susceptibles de ser sustituidas por otras de la misma especie. Tomadas en el mismo peso, número o medida, procuran siempre, en calidad igual, la misma utilidad. (347-2)










9A. ¿Qué cosas pueden ser objeto del mutuum?


Cosas de consumo que por su naturaleza, no tienen valor individual, sino que son susceptibles de ser sustituidas por otras de la misma especie. Tomadas en el mismo peso, número o medida, procuran siempre, en calidad igual, la misma utilidad. (347-2)


10. ¿Qué es el Unciarum Fenus?


Es una disposición que estaba contenía en la Ley de las XII tablas, que fijaba de manera precisa la tasa máxima del interés en el mutuum. (351)


11. ¿Cuál era el valor del Unciarum Fenus?


Se considera como la más acertada la tasa del ocho y un tercio por ciento. (351)


12. ¿El mutuum, es un préstamo de uso o de consumo?


Es un préstamo de consumo y se considera unilateral. (345, 348)


13. ¿Cómo se llama a la remuneración que se paga por el servicio prestado en el comodato?


No hay remuneración, es un contrato donde el comodante entrega a título gratuito al comodatario una cosa. (353)


14. ¿En qué consiste el derecho de retención de que goza el comodatario?


Consiste en que el comodatario puede usar este derecho para negarse a restituir la cosa prestada, en tanto que el comodante no le haya indemnizado, es un medio de defensa para protegerlo de los perjuicios que hayan causado los vicios de la cosa prestada y por los gastos extraordinarios hechos para la conservación de la cosa, pero no los gastos ordinarios o de conservación. (353-II-2)


15. Si el depositante es propietario de la cosa depositada, entrega al depositario, ¿la posesión o la propiedad?


Ninguna de las dos, ya que el propietario o depositante conserva su propiedad y posesión, sólo entrega al depositario la detentación de la cosa que le confía. (354-I).


16. ¿Por qué en principio el depositario no es responsable de la pérdida o deterioro de la cosa?


Porque el depósito es en interés único del depositante, que recibe un servicio gratuito. Así que el depositario no es responsable de la pérdida o deterioro de la cosa más que si es consecuencia de dolo o falta grave. Es el mínimum de responsabilidad de que no puede dispensarse a ningún deudor. (354-II-1)


17. ¿En qué consiste el secuestro?


El secuestro es el depósito en manos de un tercero y consiste en la contienda que hay de una cosa entre dos o varias personas con cargo de conservarla y devolverla a la parte que gane la causa.


18. ¿Cuál es el carácter particular que distingue a la prenda del comodato y del depósito?


Se distingue porque es un contrato accesorio; interviene para la garantía de una obligación. (356)


19. El estelionato, ¿es un contrato re o litteris?


Ni uno ni otro, es un delito relacionado con la hipoteca que se refiere a que debe declarar si una cosa que hipoteca o enajena ya está gravada por otra hipoteca, en caso de faltar a esta prescripción se comete el estelionato exponiéndose a una persecución criminal si causa prejuicio al adquiriente o al nuevo acreedor hipotecario. (252-a)






20. Define el estelionato.


Es un delito relacionado con la hipoteca que se refiere a que debe declarar si una cosa que hipoteca o enajena ya está gravada por otra hipoteca, en caso de faltar a esta prescripción se comete el estelionato exponiéndose a una persecución criminal si causa prejuicio al adquiriente o al nuevo acreedor hipotecario. (252-a) 


21. ¿Cuáles son los cuatro contratos consensuales?


La venta, el arrendamiento, la sociedad y el mandato. (357)


22. ¿Qué acción tiene el vendedor para obligar al comprador a pagarle el precio?


El vendedor tiene contra el comprador para obligarle a pagar el precio la acción venditi o ex vendito. (358)


23. ¿Qué acción tiene el comprador para obligar al vendedor a entregar la cosa?


El comprador tiene contra el vendedor para obligar a entregar la cosa la acción empti o ex empto. (358)


24. ¿Cuándo se perfecciona la venta?


La venta, contrato consensual, es perfecta desde que el vendedor y el comprador están de acuerdo sobre la cosa vendida y sobre el precio. (359-I)


Con Justiniano, si la venta la hacen constar por escrito, se consagra una doble innovación; es perfecta la venta hasta que ha sido redactado el escrito y revestido de la suscriptio de los contratantes y, cuando se ha dado arras. (359)


25. ¿Qué son las arras?


Se le llama así, a una cantidad de dinero o un objeto precioso, como un anillo, que una de las partes, lo más a menudo el comprador, entrega al otro como testimonio de su acuerdo. Tiene no más que el valor de una prueba. (359-I)


26. ¿Cuáles son los elementos esenciales de la venta?


Los elementos esenciales son la cosa vendida y el precio que son el objeto mismo de la obligación de cada uno de los contratantes. (360)


27. ¿Qué significa que el precio debe ser cierto?


Que el precio debe ser determinado o al menos susceptible de serlo.


28. ¿Cuándo se puede decir que le falta seriedad al precio?


Cuando el dinero es insignificante con relación al valor de la cosa vendida, o cuando el vendedor no tiene intención de exigirlo, por lo que es un precio simulado y la operación no es más que una donación. (360-2-c)


29. ¿Entre los requisitos de la venta está el transferir la propiedad de la cosa vendida?


No, si no se es el propietario de la cosa, si se requiere transferir la propiedad si se es propietario, ya que la obligación del vendedor es abandonarle todos sus derechos sobre la cosa vendida. (362)


30. ¿Qué acciones sancionan la obligación de garantizar la evicción?


El comprador tiene, dos medios para hacerse indemnizar en caso de evicción, la actio empti; sancionando la obligación de garantía nacida de la venta, y la actio ex stipulatu; que sanciona la obligación nacida de la stipulatio duplae. (366)


31. ¿Cuáles eran las acciones otorgadas contra el vendedor para reclamarle los vicios ocultos?


El comprador puede escoger según su interés la acción redhibitoria que tiende a la resolución de la venta, donde el comprador devuelve la cosa con los accesorios y los frutos o la acción aestimatoria o quantis minoris que tiene por objeto una disminución de precio, durante un año útil a partir de la venta. (368-a)






32. ¿La evicción anula la venta?


La evicción no tiene por efecto anular la venta y autorizar al comprador a recoger el precio que ha pagado. El contrato permanece válido; hay solamente inejecución de la obligación del vendedor, que debe al comprador daños e intereses. (366-c)


33. Cuando el objeto de la venta son cosas in genere, ¿quién soporta la pérdida y por qué?


El vendedor, porque aún y cuando las cosas perezcan puede y debe entregar la cosa perdida por ser cosas de carácter genérico. (374)


34. Defina el concepto de contrato de arrendamiento.


Es un contrato por el cual una persona se compromete con otra a procurarle el goce temporal de una cosa, o a ejecutar por ella cierto trabajo mediante una remuneración en dinero llamada merces. (375)


35. Los romanos distinguen dos tipos de arrendamiento, ¿cuáles son?


Arrendamiento de cosas llamado locatio rerum y el arrendamiento de servicios llamado locatio operarum u operis. (375)


36. En el arrendamiento, ¿cuándo puede consistir en especie la remuneración?


Cuando se trate del arrendamiento de un fundo de tierra, la renta puede ser fijada en especie. (376)


37. ¿Cuál es la principal obligación del arrendador respecto del arrendatario?


Debe procurar al inquilino el uso y disfrute de la cosa durante la duración del arrendamiento. Praestare conductori frui licere. (376-I-1)


38. ¿Cuál es la principal obligación del arrendatario respecto del arrendador?


El arrendatario debe pagar el precio convenido, merces que normalmente no consiste en un precio único pagadero en una sola vez, sino en una serie de prestaciones periódicas llamadas pensio, y debe como el comprador, transferir su propiedad al arrendador. (376-II-2)


39. En principio, ¿para quién son los riesgos en el arrendamiento?


Los riesgos son para el arrendador. (376-III)


40. Son 4 causas de extinción del arrendamiento, menciona por lo menos 3.


a) La expiración del tiempo convenido:


b) Pérdida de la cosa arrendada.


c) El mutuo disentimiento.


d) La anulación obtenida por el arrendador; por dejar de pagar las merces, por abuso o para habitarla él mismo. (376-IV)


41. Hay dos clases de arrendamiento de servicios, ¿cuáles son?


La locatio operarum: cuando el locutor le presta servicios determinados (377-1) y la locatio operis: cuando el que presta sus servicios recibe de la otra parte tradición de una cosa sobre la que tiene que realizar su trabajo. (377-2)


42. ¿Qué es la enfiteusis?


Es un contrato de arrendamiento de un fundo por un período largo de tiempo o a perpetuidad y concedía el disfrute del terreno a una persona mediante una renta anual. (379)


43. La enfiteusis, genera a favor del enfiteuta ¿un derecho real o un derecho personal?


El enfiteuta adquiere sobre la cosa un derecho real.










44. Define, ¿qué es el contrato de sociedad?


La sociedad es un contrato consensual, por el cual dos o más personas se comprometen a poner ciertas cosas en común para sacar de ella una utilidad apreciable en dinero. Todos los socios están sujetos a las mismas obligaciones. (380)


45. ¿Cuáles son los elementos esenciales del contrato de sociedad?


1) Es preciso que los asociados se comprometan a poner ciertos bienes en común.


2) Es necesario que tengan por mira un resultado lícito y común. (381-2)


46. Las sociedades se dividen en 2 clases, ¿cuáles son?


1) Las sociedades universales que se dividen en omnium bonorum y la omnium quae ex quaestu veniunt. (383-1)


2) Las sociedades particulares que se dividen en unius rei y las alicujus negotiationis. (383-2)


47. ¿En qué consiste la sociedad omnium-bonorum?


En que los asociados se comprometen a poner en común todos sus bienes presentes y venideros. Todas sus deudas se convierten también en carga común. (383-II-1)


48. ¿En qué consiste la sociedad unius rei?


En que los asociados ponen en común la propiedad o el uso de una o varias cosas determinadas para explotarlas y repartir los beneficios. Está restringida a una sola operación. (383-II-2)


49. ¿Podrá ser la muerte de alguno de los asociados, causa de disolución de la sociedad?


Sí causa disolución. (386-IV-3)


50. La renuncia de un asociado, ¿puede disolver la sociedad?


Sí, porque nadie está obligado a permanecer en sociedad. (386-IV-6)


51. ¿Cuál es la acción por la cual se puede obligar a un socio a realizar su aportación o dar cuenta de un acto de su gestión?


La acción pro socio que tiene su principal aplicación, después de la disolución del contrato para el arreglo definitivo de las obligaciones de los asociados. (387)


52. ¿Cuál es el objeto de la acción comuni dividundo?


Realizar la partición amigablemente de las cosas por un estado de indivisión creado en la sociedad. La acción comuni dividundo no nace de la sociedad, sino de la indivisión y pertenece a todo propietario por indiviso. (387)


53. Define el contrato del mandato.


Es un contrato por el cual una persona (mandante) da encargo a otra persona (mandatario) que acepta, de realizar gratuitamente un acto determinado o un conjunto de operaciones. (388)


54. En el mandato, ¿cuándo es expreso el consentimiento?


El consentimiento es dado expresamente por palabras, por carta o por mensajero. (389)


55. En el mandato, ¿cuándo es tácito el consentimiento?


El consentimiento es dado tácitamente, cuando un tercero obra por él y que no se opone a ello. (389-I)














56. El mandato para ser válido necesita reunir 3 características, ¿cuáles son?


1) Debe ser gratuito.


2) Debe tener por objeto un acto lícito.


3) Es preciso que el mandante tenga un interés pecuniario en la ejecución del mandato. (389-I-1)


57. Hay 4 causas de la extinción del mandato, ¿cuáles son?


1) El mutuo disentimiento.


2) La voluntad del mandante, que tiene el derecho de revocar el mandato.


3) La voluntad del mandatario que puede renunciar si no hay daño para el mandante.


4) La muerte del mandante o del mandatario. (395)


58. ¿Qué es un pacto adjecta?


Es una convención de las partes que han querido modificar o completar el contrato, se une al contrato y es sancionado en muchos casos como el contrato mismo, con tal que sea lícito.


59. ¿Cuándo se dice que hay un pacto unido in continenti?


Cuando se ha convenido para modificar o completar por las partes un contrato, al principio, antes de que termine el asunto o una vez concluido, pero antes de que las partes hayan procedido a otros actos. (401)


60. ¿Cuándo se dice que hay un pacto ex intervalo?


Cuando hace tiempo que está formado el contrato, o cuando las partes se han entregado a otras ocupaciones, cualquiera que sea por otra parte la duración del intervalo transcurrido. Para que esté sancionado debe estar revestido de las formas de un contrato. (401)


61. Los contratos innominados dan origen a 4 tipos de operaciones, ¿cuáles son?


1) Do ut des: Dar para que te den


2) Do ut facias: Dar para que te hagan


3) Facio ut des: Hacer para que te den


4) Facio ut facias: Hacer para que te hagan (402)


62. ¿Cuál es la acción que sanciona los contratos innominados?


La acción praescriptis verbis. (404)


62A. Menciona cuando menos dos de las acciones que sancionan los contratos innominados.


Condictio civiles incertum, praescriptis verbis, condictio civiles in factum (403)


63. Define, ¿qué es el pacto de constitutio?


Es un pacto por el que una persona conviene con otra que le pagará a día fijo una deuda preexistente. (410)


64. ¿Cuál es la condición esencial de validez del Constitutio?


Que haya una deuda preexistente que le sirva de causa. (411)


65. ¿Se podía por medio del constitutio propi debiti cambiar la persona del acreedor?


Sí, podía cambiar la persona del acreedor. (412-2-a)


66. ¿En qué consistía el constitutio debiti alieni?


En que una persona se compromete por constituto a pagar la deuda ajena, con el fin de que el nuevo deudor se obligue en el lugar del antiguo o, el nuevo deudor se compromete para garantizar la obligación anterior. (Garantía) (412-2-b)






67. ¿Cómo se les llama a las constituciones imperiales que reconocieron fuerza obligatoria a ciertos pactos?


Pactos legítimos. (416)


68. Enumera los pactos a los que reconoció fuerza obligatoria las constituciones imperiales.


1) Pacto de donación entre vivos.


a) Donaciones mortis causa.


b) Donaciones entre cónyuges. 


2) Pacto de constitución de dote.


a) Donaciones propter nupcias. (416)


69. Había 5 procedimientos de derecho común, para el perfeccionamiento de la donación (entre vivos) y para que ésta fuera irrevocable, menciona por lo menos 3.


1) Derecho antiguo


2) Régimen de la ley Cincia.


3) Reforma de Antonio Pío.


4) Régimen de la insinuación.


5) Reformas de Justiniano. (418)


70. ¿A qué se refería el segundo capítulo de la Ley Cincia?


Al abuso de las donaciones excesivas o exageradas. (420)


71. En las reformas de Antonio Pío, ¿cuáles fueron las donaciones objeto de una regulación especial?


Las donaciones entre ascendientes y descendientes interparentes et liberos. (422)


72. ¿En qué consistía el régimen de Insinuación?


Consiste en la necesidad de transcribir en registros públicos el escrito que comprobaba una donación superior a doscientos sueldos, aún si era hecha entre personas exceptuadas por la ley Cincia. Se agregó la obligación de hacerlos insinuar, si pasaban de la tasa, si no, la donación era nula para lo que excedía la tasa. (423)


73. Como excepción a la irrevocabilidad de las donaciones entre vivos, había 3 causas de revocación, menciónalas:


1) Revocación por inejecución de las cargas.


2) Revocación por sobrevenir un hijo, de la donación del patrono al liberto.


3) Revocación por ingratitud. (425-1, 2, 3)


74. ¿Cuándo se perfecciona la donación Mortis Causa?


Sólo se hace perfecta en el momento de la muerte del donanate en previsión de su fallecimiento. Caduca si muere primero el donatario. (426)


75. Hay 3 causas de caducidad de la donación mortis causa, menciona 2:


1) Si el donatario muere antes que el donante.


2) Cuando se hace la donación en vista de la posibilidad de muerte del donante, éste se recupera o se salva del peligro.


3) Cuando el donante revoca la donación. (430)


76. Defina el concepto de dote en el derecho clásico.


Se entiende por dote en el derecho clásico, al conjunto de bienes que el marido recibe de la mujer, o de otra persona en su nombre, para ayudarle a soportar las cargas del matrimonio. (432)










77. ¿Quién constituye la dote?


La dote puede ser constituida por la mujer misma, por uno de sus ascendientes, o por un tercero. (433)


78. ¿Cuál fue el principal objeto de la ley Julia Adulteriis?


Trata de poner los inmuebles dotales al abrigo de las disipaciones del marido, restringiendo estos poderes sobre los inmuebles constituidos en dote. (434)


79. ¿A qué obligaba el edicto de Alterutro?


Obligaba a la mujer superviviente a optar entre la restitución de su dote y las liberalidades que su marido le había hecho por testamento.


80. ¿A quién se daba la acción Rei Uxoriae?


Solo podía darse a dos personas, a la mujer viuda o divorciada o al padre, si el matrimonio se disuelve por la muerte de la mujer y la dote es profecticia. (435-A-2)


81. ¿Cuándo se considera profecticia la dote?


Si es dada por el padre, o por un ascendiente paterno, aún a una hija emancipada. (433)


82. ¿Qué es la donación propter nuptia?


Es una donación hecha a la mujer por el marido o por un tercero, con ocasión del matrimonio. (436)


83. ¿Qué es una obligación nacida cuasi ex contractu?


Es la obligación engendrada por un hecho lícito, o una manifestación de voluntad unilateral, o aún por ciertas relaciones independientes del hecho del hombre, pero de tal suerte que no haya ni contrato ni delito.


84. Hay 5 hipótesis de obligaciones nacidas cuasi ex contractu, menciona 3.


1) La gestión de negocios.


2) La tutela y curatela.


3) La indivisión


4) La aceptación o adquisición de una herencia.


5) El pago de lo indebido. (437)


85. ¿Cuándo hay gestión de negocios?


Cuando una persona administra voluntariamente los negocios ajenos sin habérselo encargado. (438)


86. ¿Qué acción sanciona la obligación del gestor o gerente?


La acción negotiorum gestorum directa. (438-II-1)


87. ¿Qué acción tiene el gestor o gerente para hacerse indemnizar?


La acción negotiorum gestorum contraria. (438-II-2)


88. ¿Cuándo se dice que existe indivisión?


Cuando varias personas son copropietarias por indiviso de cosas determinadas, o de un conjunto de bienes, como una sucesión, creando entre ellas obligaciones que nacen quasi ex contractu fuera de toda convención. (440)


89. ¿Qué objeto tenía la acción finium regundorum?


Regular los límites de sus terrenos a los propietarios, para evitar la confusión entre dos fundos contiguos, ya por accidente o por causa de las usurpaciones de uno de los propietarios sobre el terreno del vecino. (441)


90. ¿Qué acción obliga al heredero a cumplir con los legados?


Por la acción ex testamento de derecho estricto. (442)


91. La obligación que nace de un enriquecimiento sin causa, ¿será una obligación nacida cuasi ex contractu?


Sí, por el principio de equidad ya durante la época clásica se admitió la obligación nacida como quasi ex contractu. (444)


92. ¿Para qué se otorga la acción ad-exhibendum?


Para que una persona que puede tener interés pecuniario en que le sea exhibida una cosa a fin de reivindicarla o hacer valer sobre esta cosa un derecho de otra naturaleza, por lo que el detentador de la cosa está obligado a exhibirla. (444-2)


93. ¿Qué acción sanciona la restitución de la dote a la mujer sin que haya habido estipulación?





Por la acción Rei uxoriae. (444-3)

No hay comentarios:

Publicar un comentario