•Para
reclamar violaciones procesales en el amparo directo es necesario haber agotado
recursos ordinarios. (171)
•No
será necesario:
–Materia
agraria
–Quienes
por condiciones de pobreza o marginación se encuentren en desventaja social
para iniciar el juicio.
–Cuando
se alegue que es inconstitucional la ley
aplicada en el acto procesal respectivo.
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