•A quien lo solicite y
obtenga la firma electrónica.
•La primera
notificación a la autoridad será por oficio impreso. Excepcionalmente oficio
digitalizado.
•Las partes que
cuenten con FE están obligadas a ingresar al sistema electrónico del PJF todos los días.
•La notificación surte
efectos al generarse la constancia de consulta, o bien, al transcurrir el plazo
concedido por la ley para ingresar al sistema.
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