miércoles, 2 de octubre de 2013

IMPEDIMENTOS JURISDICCION

Al hablar de la jurisdicción es referirse al imperio, potestad, determinación y resolución con la que cuentan los órganos jurisdiccionales, es decir, en donde ha dotado el Estado con su función soberana de facultades y funciones especificas a los órganos de administración de justicia.
La jurisdicción se clasifica en:
  • Contenciosa
  • Voluntaria estas son vistas desde el punto de vista de un litigio o controversia por resolver.
La contenciosa es la denominada típica jurisdicción por la existencia  de un litigio, de el conflicto de intereses entre las partes en donde el juzgador haciendo uso de su imperio,  potestad y resuelve la controversia conforme a derecho.

Jurisdicción voluntaria diametralmente opuesta a la contenciosa ya que aquí el Juzgador no resuelve una controversia, pero sin embargo en razón de su imperio otorga una resolución determinada (adopción, reconocimiento de hijo) .

Desde el punto de vista de las Instituciones de acuerdo al sistema Federal tenemos la Jurisdicción Federal y Estatal. La federal es la que esta constituida mediante tribunales federales, como son: juzgados de distrito, tribunales colegiados de circuito, y jurisdicción local o estatal que corresponden a  cada uno de los Estados que integran la Republica mexicana y el D.F. son los denominados Juzgados o tribunales locales.

Jurisdicción Universal:

Excepciones inhibitorias----nosotros decimos quien es competente y quien debe inhibirse de conocer  dicho acto.


Excepciones declinatorias------ no eres competente para dicho asunto y se remite al juez competente.

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