•La
prevención para aclarar la demanda será de cinco días. (114)
•La
responsable podrá rendir su informe justificado usando medios magnéticos. (117)
•El
plazo para rendir el informe justificado será de quince días.
•La
autoridad responsable no podrá variar o mejorar la fundamentación y motivación
del acto al rendir el informe. Tampoco podrá ofrecer pruebas diversas a las
consideradas al emitir el informe.
•Tratándose
de actos materialmente
administrativos,
la responsable podrá mejorar la fundamentación y motivación del acto. Ello dará
lugar a que se pueda ampliar la demanda.
(117 último párrafo)
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