martes, 8 de octubre de 2013

Improcedencia. Articulo 61

•Contra adiciones o reformas a la CPEUM
•Contra actos del Consejo de la Judicatura (CJF)
•Resoluciones del Tribunal Electoral (TEPJF)
•Normas respecto de las cuales ya hay declaración general de inconstitucionalidad.
•Litispendencia. Se hacen ajustes (Fr. X).
•Cambio de situación jurídica. Ajustes. (Fr. XVII)

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